1. Objetivo del documento
El presente documento responde a la obligación establecida el 25 de mayo de 2018 con la entrada en vigor del Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento y la libre circulación de datos personales, en adelante, RGPD y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales en adelante LOPDGDD. En VeneCambiosPana detallamos la presente normativa para enviar dinero a Venezuela o cambio euro bolivares con fines de asegurarte el mejor servicio. Será obligatorio el cumplimiento de los requerimientos y obligaciones para el responsable y el encargado de tratamiento que este incluye, entre las que destaca, la necesidad de llevar a cabo un análisis de riesgos con el fin de establecer medidas de seguridad y control para garantizar los derechos y libertades de las personas. El modelo se ha redactado con el objeto de recopilar las exigencias mínimas establecidas por el Reglamento.
2. Definiciones
Datos personales: toda información sobre una persona física identificada o identificable («el interesado»); se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona.
Tratamiento: cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos personales, ya sea por procedimientos automatizados o no, como la recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción.
Elaboración de perfiles: toda forma de tratamiento automatizado de datos personales consistente en utilizar datos personales para evaluar determinados aspectos personales de una persona física, en particular para analizar o predecir aspectos relativos al rendimiento profesional, situación económica, salud, preferencias personales, intereses, fiabilidad, comportamiento, ubicación o movimientos de dicha persona física.
Fichero: todo conjunto organizado de datos de carácter personal, que permita el acceso a los datos con arreglo a criterios determinados, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.
Responsable del fichero o del tratamiento: persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que sólo o conjuntamente con otros decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento, aunque no lo realizarse materialmente.
Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, pública o privada, u órgano administrativo que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento o del responsable del fichero, como consecuencia de la existencia de una relación jurídica que le vincula con el mismo y delimita el ámbito de su actuación para la prestación de un servicio.
Consentimiento del interesado: toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen.
Datos genéticos: datos personales relativos a las características genéticas heredadas o adquiridas de una persona física que proporcionen una información única sobre la fisiología o la salud de esa persona, obtenidos en particular del análisis de una muestra biológica de tal persona.
Datos biométricos: datos personales obtenidos a partir de un tratamiento técnico específico, relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona física que permitan o confirmen la identificación única de dicha persona, como imágenes faciales o datos dactiloscópicos.
Datos relativos a la salud: datos personales relativos a la salud física o mental de una persona física, incluida la prestación de servicios de atención sanitaria, que revelen información sobre su estado de salud.
3. Principios generales relativos al tratamiento de datos
Características | Principios |
---|---|
Datos personales | a) Deberán ser tratados de manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado. b) Se recogerán con fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines. c) Serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados. d) Deberán ser exactos, y si fuera necesario, actualizados; se adoptarán todas las medidas razonables para que se supriman o rectifiquen sin dilación los datos personales que sean inexactos con respecto a los fines para los que se tratan. e) Se mantendrán de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más tiempo del necesario para los fines del tratamiento de los datos personales; los datos personales podrán podrán conservarse durante períodos más largos siempre que se trate exclusivamente con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos. f) Se tratarán de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas |
Licitud del tratamiento de datos | a) El interesado deberá dar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. b) El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. c) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. d) El tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física. e) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. f) El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades. |
Condiciones del consentimiento | a) Cuando el tratamiento se base en el consentimiento del interesado, el responsable deberá ser capaz de demostrar que aquel consintió el tratamiento de sus datos personales. b) Si el consentimiento del interesado se da en el contexto e una declaración escrita que también se refiera a otros asuntos, la solicitud de consentimiento se presentará de tal forma que se distinga claramente de los demás asuntos, de forma inteligible y de fácil acceso y utilizando un lenguaje claro y sencillo. c) El interesado tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. La retirada del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su retirada. Antes de dar su consentimiento, el interesado será informado de ello. Será tan fácil retirar el consentimiento como darlo. d) Al evaluar si el consentimiento se ha dado libremente, se tendrá en cuenta en la mayor medida posible el hecho de si, entre otras cosas, la ejecución de un contrato, incluida la prestación de un servicio, se supedita al consentimiento al tratamiento de datos personales que no son necesarios para la ejecución de dicho contrato. |
Menores de edad | a) El tratamiento de los datos personales de un niño se considerará lícito cuando tenga como mínimo 16 años. Si el niño es menor de 16 años, tal tratamiento únicamente lo dio o autorizó el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño, y sólo en la medida en que se dio o autorizó. b) El responsable del tratamiento hará esfuerzos razonables para verificar en tales casos que el consentimiento fue dado o autorizado por el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño. |
Datos personales de categoría especial | a) Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de los datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientaciones sexuales de una persona física. b) No será de aplicación cuando concurra una de las circunstancias siguientes: El interesado dio su consentimiento explícito para el tratamiento de dichos datos personales con uno o más de los fines específicos. El tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física, en el supuesto de que el interesado no esté capacitado, física o jurídicamente, para dar su consentimiento. El tratamiento se refiere a datos personales que el interesado ha hecho manifiestamente públicos. El tratamiento es efectuado, por una fundación, una asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que el tratamiento se refiera exclusivamente a los miembros actuales o antiguos de tales organismos o a personas que mantengan contactos regulares con ellos en relación con sus fines y siempre que los datos personales no se comuniquen fuera de ellos sin el consentimiento de los interesados. El tratamiento es necesario para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial. EL tratamiento es necesario por razones de interés público esencial. |
Principios generales relativos al tratamiento de datos
4. Funciones y obligaciones del personal en relación con el tratamiento de los datos personales incluidos en los ficheros
4.1. Funciones y obligaciones del responsable de los datos de carácter personal incluidos en los ficheros
El responsable del fichero o tratamiento es quien adopta las medidas necesarias para que el personal conozca de una forma comprensible las normas de seguridad que afecten al desarrollo de sus funciones así como las consecuencias en que pudiera incurrir en caso de incumplimiento. Las obligaciones que le atañen en el desempeño de sus funciones son:
- El responsable de los ficheros deberá garantizar la difusión de este Documento entre todo el personal de VENESERVICEXPRESS SL.
- Mantener actualizado los datos, siempre que se produzcan cambios relevantes en el sistema de información o en la organización del mismo.
- Adecuar en todo momento el contenido del mismo a las disposiciones vigentes en materia de seguridad de datos.
- Encargarse de que los sistemas de acceso a los ficheros tengan su acceso restringido con las medidas que se describen en los riesgos.
4.2. Funciones y obligaciones que afectan a todos los usuarios
A continuación se detallan las obligaciones que respecto a la seguridad de los datos personales debe cumplir todo el personal de VENESERVICEXPRESS SL :
- Los usuarios autorizados deben garantizar que la información que utilizan no pueden sea accesible por personas no autorizadas.
- Cada persona será responsable de la información que incorpore o modifique.
- Los equipos que contienen o custodian ficheros con datos de carácter personal, deberán estar físicamente ubicados en lugares que garanticen esa confidencialidad. Cuando el responsable de un puesto de trabajo lo abandone, bien temporalmente o bien al finalizar su turno de trabajo, deberá dejar el puesto en un estado, que impida el acceso de los datos protegidos.
- Cualquier usuario que tenga conocimiento de una incidencia es responsable de la comunicación de la misma al responsable de seguridad.
- Los soportes que contengan datos de carácter personal, bien como consecuencia de operaciones intermedias propias de la aplicación que los trata, o bien como consecuencia de procesos periódicos de respaldo o cualquier otra operación esporádica, deberán estar claramente identificados. La distribución de soportes que contengan datos de carácter personal fuera de los locales de VENESERVICEXPRESS SL será únicamente llevada a cabo por el personal autorizado en el ANEXO B.
- Aquellos medios que sean reutilizables, y que hayan contenido copias de datos de los ficheros con datos personales de VENESERVICEXPRESS SL, deberán ser borrados físicamente antes de su reutilización, de forma que los datos que contenían no sean recuperables.
- Los soportes que contengan datos personales, o los ficheros no sistematizados, deberán ser almacenados en lugares a los que no tengan acceso personas no autorizadas.
- Cuando la salida de datos personales se realice por medio de correo electrónico los envíos se realizarán, siempre y únicamente, desde una dirección de correo controlada por el responsable de seguridad, dejando constancia de estos envíos en el directorio histórico de esa dirección de correo o en algún otro sistema de registro de salidas que permita conocer en cualquier momento los envíos realizados, a quien iban dirigidos y la información enviada. Esta información será almacenada al menos durante dos años.
- Cuando los datos personales pertenecientes a ficheros afectados por medidas de seguridad de nivel alto deban ser enviados fuera del recinto físicamente protegido, bien sea mediante un soporte físico de grabación de datos o bien sea mediante correo electrónico, deberán ser encriptados de forma que sólo puedan ser leídos e interpretados por el destinatario
- El personal de VENESERVICEXPRESS SL deberá notificar inmediatamente al responsable de seguridad las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
- Los usuarios, salvo que estén expresamente autorizados, tienen prohibida la realización de copias de los ficheros que contengan datos de carácter personal en ningún tipo de soporte, ni realizar ningún proceso de recuperación de datos.
- Todas las personas deberán guardar el debido secreto y confidencialidad sobre los datos que conozcan en el desarrollo de su trabajo.
- Los usuarios, salvo que estén expresamente autorizados, tienen prohibida la realización de copias de los ficheros que contengan datos de carácter personal en ningún tipo de soporte, ni realizar ningún proceso de recuperación de datos.
- Todas las personas deberán guardar el debido secreto y confidencialidad sobre los datos que conozcan en el desarrollo de su trabajo.
5. Responsabilidad y sanciones
Los tipos de infracciones y su categorización es la siguiente:
LEVES | GRAVES | MUY GRAVES |
---|---|---|
– No atender la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de datos personales. – No proporcionar la información que solicite la agencia de protección de datos. – No solicitar la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el registro general de protección de datos, cuando no sea constitutivo de infracción grave. – Proceder a la recogida de datos de carácter personal de los propios afectados sin proporcionarles la información de sus derechos. – Incumplir el deber de secreto. | – Proceder a la recogida de datos de carácter personal sin recabar el consentimiento expreso de las personas afectadas. – El incumplimiento o la obstaculización del ejercicio de los derechos de acceso y oposición. – Mantener datos de carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones. – La vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal que contengan datos relativos a: la comisión de infracciones administrativas o penales, hacienda pública, servicios financieros, prestación de servicios de solvencia patrimonial y crédito, evaluación personal del individuo. – Mantener ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos de carácter personal sin las debidas condiciones de seguridad. – No remitir a la agencia de protección de datos las notificaciones previstas. – La obstrucción al ejercicio de la función inspectora. – No inscribir el fichero de datos de carácter personal en el registro general de protección de datos, cuando haya sido requerido para ello. | – La recogida de datos en forma engañosa y fraudulenta. – Recabar y tratar los datos de cuando no medie el consentimiento expreso del afectado. – No cesar en el uso legítimo de los tratamientos de datos de carácter personal cuando sea requerido para ello la agencia de protección de datos o por las personas titulares del derecho de acceso. – Tratar los datos de carácter personal de forma ilegítima o con menosprecio de los principios y garantías que les sean de aplicación cuando ataque a los derechos fundamentales. – La vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal que hayan sido recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas. – No atender, u obstaculizar de forma sistemática el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición. – No atender de forma sistemática el deber legal de notifiación de la inclusión de datos de carácter personal de un fichero. |
Responsabilidad y sanciones
Las consecuencias del incumplimiento de la normativa de seguridad pueden acarrear las siguientes sanciones:
LEVES | GRAVES | MUY GRAVES |
---|---|---|
No se establece un rango mínimo de cuantía. | Multa administrativa de hasta 10.000.000 de euros o, en el caso de empresas, de cuantía equivalente al 2% como máximo volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, lo que resulte mayor en cuantía. | Multa administrativa de hasta 20.000.000 de euros o, en el caso de empresas, de cuantía equivalente al 4% como máximo volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, lo que resulte mayor en cuantía. |
consecuencias del incumplimiento de la normativa
5.1 Derecho de indemnización
Podrán ejercer su derecho:
- Toda persona que haya sufrido daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción, tendrá derecho a recibir del responsable o el encargado del tratamiento una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
- Cualquier responsable que participe en la operación de tratamiento responderá de los daños y perjuicios causados en caso de que dicha operación. Únicamente responderá un encargado por los daños y perjuicios causados por el tratamiento cuando no haya cumplido con las obligaciones.
El responsable o encargado del tratamiento estará exento de responsabilidad, si demuestra que no es en modo alguno responsable del hecho que haya causado los daños y perjuicios. Cuando más de un responsable o encargado del tratamiento, o un responsable y un encargado hayan participado, en la misma operación de tratamiento y sean responsables de cualquier daño o perjuicio causado por dicho tratamiento, cada responsable o encargado será considerado responsable de todos los daños y perjuicios, a fin de garantizar la indemnización efectiva del interesado.
Cuando un responsable o encargado del tratamiento haya pagado una indemnización total por el perjuicio ocasionado, dicho responsable o encargado tendrá derecho a reclamar a los demás responsables o encargados que hayan participado en esa misma operación de tratamiento la parte de la indemnización correspondiente a su parte de responsabilidad por los daños y perjuicios causados.
6. Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias
La metodología para la notificación y gestión de las incidencias que afectan al documento de seguridad y a los datos de carácter personal de VENESERVICEXPRESS SL, es la que se describe a continuación:
Qué | Cómo | Cuándo | Dónde |
---|---|---|---|
Notificación de incidencias de seguridad. | El responsable de tratamiento la notificará a la autoridad de control compatente. | Más tardar 72 horas después de que haya tenido constancia de ella. | Agencia española de protección de datos. |
Registro de las incidencias de seguridad. | El responsable de seguridad o el Responsable del fichero, se encargará de la gestión del registro de incidencias de seguridad descrito en el ANEXO C. | Tras la detección o recepción de una notificación de la incidencia por parte de cualquier miembro de VENESERVICEXPRESS SL. | Registro de incidencias de seguridad descrito en el ANEXO C. |
Notificación de incidencias al interesado. | La violación de la seguridad de los datos personales entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento la comunicará al interesado sin dilación indebida | Tras la detección o recepción de una notificación de la incidencia. | Al interesado. |
Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias
7. Medidas organizativas
7.1. Información que deberá ser conocida por todo el personal con acceso a datos personales.
Todo el personal con acceso a los datos personales deberá tener conocimiento de sus obligaciones con relación a los tratamientos de datos personales y serán informados acerca de dichas obligaciones. La información mínima que será conocida por todo el personal será la siguiente:
a) Deber de confidencialidad y secreto.
- Se deberá evitar el acceso de personas no autorizadas a los datos personales, a tal fin se evitará: dejar los datos personales expuestos a terceros (pantallas electrónicas desatendidas, documentos en papel en zonas de acceso público, soportes con datos personales, etc.), esta consideración incluye las pantallas que se utilicen para la visualización de imágenes del sistema de videovigilancia. Cuando se ausente del puesto de trabajo, se procederá al bloqueo de la pantalla o al cierre de la sesión.
- Los documentos en papel y soportes electrónicos se almacenarán en lugar seguro (armarios o estancias de acceso restringido) durante las 24 horas del día.
- No se desecharán documentos o soportes electrónicos (cd, pendrives, discos duros, etc.) con datos personales sin garantizar su destrucción.
- No se comunicarán datos personales o cualquier información personal a terceros, se prestará atención especial en no divulgar datos personales protegidos durante las consultas telefónicas, correos electrónicos, etc.
- El deber de secreto y confidencialidad persiste incluso con otros trabajadores de la organización que no se encuentren autorizados para acceder a la información confidencial. Esta obligación subsistirá aun después de finalizadas las relaciones con el responsable de los ficheros que suscribe, en cuyo caso, devolverá inmediatamente cualquier soporte o documento en el que consten datos de carácter personal que por cualquier causa pudiera obrar en su poder.
b) Derechos de los titulares de los datos.
Se informará a todos los trabajadores acerca del procedimiento para atender los derechos de los interesados, definiendo de forma clara los mecanismos por los que pueden ejercerse los derechos (medios electrónicos, referencia al Delegado de Protección de Datos si lo hubiera, dirección postal, etc.) teniendo en cuenta lo siguiente:
Previa presentación de su documento nacional de identidad o pasaporte, los titulares de los datos personales (interesados) podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición. El responsable del tratamiento deberá dar respuesta a los interesados sin dilación indebida.
Para el derecho de acceso se facilitará a los interesados la lista de los datos personales de que disponga junto con la finalidad para la que han sido recogidos, la identidad de los destinatarios de los datos, los Plazos de conservación, y la identidad del responsable ante el que pueden solicitar la rectificación supresión y oposición al tratamiento de los datos.
Para el derecho de rectificación se procederá a modificar los datos de los interesados que fueran inexactos o incompletos atendiendo a los fines del tratamiento.
Para el derecho de supresión se suprimirán los datos de los interesados cuando los interesados manifiesten su negativa u oposición al consentimiento para el tratamiento de sus datos y no exista deber legal que lo impida.
El responsable del tratamiento deberá informar a todas las personas con acceso a los datos personales acerca de los términos de cumplimiento para atender los derechos de los interesados, la forma y el procedimiento en que se atenderán dichos derechos.
c) Violaciones de seguridad de datos de carácter personal.
Cuando se produzcan violaciones de seguridad DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL, como por ejemplo, el robo o acceso indebido a los datos personales se notificará a la Agencia Española de Protección de Datos en término de 72 horas acerca de dichas violaciones de seguridad, incluyendo toda la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos que hubieran dado lugar al acceso indebido a los datos personales. La notificación se realizará por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos en la dirección: https://sedeagpd.gob.es
8. Medidas Técnicas
Identificación:
- Cuando el mismo ordenador o dispositivo se utilice para el tratamiento de datos personales y fines de uso personal se recomienda disponer de varios perfiles o usuarios distintos para cada una de las finalidades. Deben mantenerse separados los usos profesional y personal del ordenador.
- Se recomienda disponer de perfiles con derechos de administración para la instalación y configuración del sistema y usuarios sin privilegios o derechos de administración para el acceso a los datos personales. Esta medida evitará que en caso de ataque de ciberseguridad puedan obtenerse privilegios de acceso o modificar el sistema operativo Se garantizará la existencia de contraseñas para el acceso a los datos personales almacenados en sistemas electrónicos. La contraseña tendrá al menos 8 caracteres, mezcla de números y letras.
- Cuando a los datos personales accedan distintas personas, para cada persona con acceso a los datos personales, se dispondrá de un usuario y contraseña específicos (identificación inequívoca).
- Se debe garantizar la confidencialidad de las contraseñas, evitando que queden expuestas a terceros. Para la gestión de las contraseñas puede consultar la guía de privacidad y seguridad en internet de la Agencia Española de Protección de Datos y el Instituto Nacional de Ciberseguridad. En ningún caso se compartirán las contraseñas ni se dejarán anotadas en lugar común y el acceso de personas distintas del usuario.
Deber de salvaguarda:
A continuación se exponen las medidas técnicas mínimas para garantizar la salvaguarda de los datos personales:
Actualización de ordenadores y dispositivos: Los dispositivos y ordenadores utilizados para el almacenamiento y el tratamiento de los datos personales deberán mantenerse actualizados en la media posible.
Malware: En los ordenadores y dispositivos donde se realice el tratamiento automatizado de los datos personales se dispondrá de un sistema de antivirus que garantice en la medida posible el robo y destrucción de la información y datos personales. El sistema de antivirus deberá ser actualizado de forma periódica.
Contrafuegos o Firewall: Para evitar accesos remotos indebidos a los datos personales se velará para garantizar la existencia de un firewall activado en aquellos ordenadores y dispositivos en los que se realice el almacenamiento y/o tratamiento de datos personales.
Cifrado de datos: Cuando se precise realizar la extracción de datos personales fuera del recinto donde se realiza su tratamiento, ya sea por medios físicos o por medios electrónicos, se deberá valorar la posibilidad de utilizar un método de encriptación para garantizar la confidencialidad de los datos personales en caso de acceso indebido a la información.
Copia de seguridad: Periódicamente se realizará una copia de seguridad en un segundo soporte distinto del que se utiliza para el trabajo diario. La copia se almacenará en lugar seguro, distinto de aquél en que esté ubicado el ordenador con los ficheros originales, con el fin de permitir la recuperación de los datos personales en caso de pérdida de la información.
Las medidas de seguridad serán revisadas de forma periódica, la revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma manual. Considere que cualquier incidente de seguridad informática que le haya ocurrido a cualquier conocido le puede ocurrir a usted, y prevéngase contra el mismo. En la Oficina de Seguridad del Internauta (https://www.osi.es) el Instituto Nacional de Ciberseguridad pone a su disposición información y herramientas informáticas gratuitas que pueden ser útiles para garantizar la seguridad de los datos personales en ordenadores y dispositivos electrónicos.
Si desea más información u orientaciones técnicas para garantizar la seguridad de los datos personales puede consultar la web www.incibe.es donde, entre otros documentos, podrá consultar el decálogo de ciberseguridad o el decálogo de buenas prácticas de seguridad en un departamento de informática donde encontrará los aspectos técnicos generales a tener en cuenta para la seguridad de la información de su empresa.
Responsable del tratamiento de datos
Razón social | VENESERVICEXPRESS LS |
CIF / NIF | B01663962 |
Dirección de contacto | C/ VIRGEN DE LA FUENCISLA, 4 – Madrid, España. |
[email protected] | |
Actividad | Paquetería y remesas |
Empleado encargado del tratamiento de datos
Nombres | Jhonatan J. Venegas |
ID / Pasaporte | Y7884291C |
Dirección de contacto | Calle Azucenas 92, Madrid, España. |
[email protected] | |
Actividad | IT, procesamiento de datos, atención al cliente. |
Estimado usuario,
Usted posee todo el derecho que le corresponde sobre sus datos personales. Datos personales que recaudamos única y exclusivamente para el desarrollo del procedimiento legal de transferencias de euros y bolívares.
Esta información es utilizada para confirmar la identidad de los usuarios en relación con sus transferencias de dinero a las cuentas bancarias de la empresa. Así mismo, recaudamos la información bancaria venezolana para poder efectuar los pagos en Bolívares y concluir nuestros servicios.
Usted tiene derecho y acceso directo a las siguientes aplicaciones legales con relación al tratamiento de sus datos:
- Justificante de derecho de acceso.
- Justificante de derecho de rectificación.
- Justificante de derecho a la limitación de tratamiento.
- Justificante de derecho a la portabilidad.
- Justificante de derecho de oposición.
- Justificante de derecho de supresión («Al olvido»).
Estamos atentos y con gusto atenderemos su aplicaciones legales.
Contacto directo: [email protected]
VENECAMBIOSPANA.
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